EXCEPCION A LA "DIRECCION NACIONAL DE AVIACION CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA", DE LOS NIVELES RETRIBUTIVOS NOMINALES PREVISTOS EN EL ART. 4° DEL DECRETO 362/014
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 5
Exceptúase de la limitación establecida por el inciso 1° del artículo 105 de la Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983, la compensación especial adicional establecida por el artículo 2° del presente Decreto.
Comuníquese. Oportunamente, archívese.