Visto: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea
solicitando se declare vigente la Enmienda 33 de las Normas y Métodos
Recomendados Internacionales -Servicios de Tránsito Aéreo- Anexo 11 al
Convenio sobre Aviación Civil Internacional.
Resultando: I) Que por decreto 467/978 de 9 de agosto de 1978 se
declaró incorporado al derecho interno el texto de las Normas y
Métodos Recomendados Internacionales incluidas las Enmiendas 1 a 25 y
por decretos 96/982 de 16 de marzo de 1982, 418/982 de 25 de noviembre
de 1982, 514/983 de 30 de diciembre de 1983, 187/987 de 31 de marzo de
1987 y 334/988 de 26 de abril de 1988, las Enmiendas 27, 28, 29, 30 y
32 respectivamente;
II) Que el Consejo de la Organización de Aviación Civil
Internacional en la Octava Sesión de su 129 período de sesiones,
celebrada el 12 de marzo de 1990, adoptó la referida Enmienda la que
no fue desaprobada por más de la mitad de los Estados Partes en el
plazo que disponen para hacerlo.
Considerando: I) Que la Enmienda a las Normas y Métodos
Recomendados en vista, no contienen disposiciones que contraríen la
legislación y el orden público interno correspondiendo por lo tanto
declarar su vigencia de conformidad con los artículos 37, 54 y 90 del
Convenio sobre Aviación Civil Internacional, ratificado por la
ley 12.018 de 4 de noviembre de 1953;
II) Lo que establece el artículo 72 de las Normas de Política
Aeronáutica aprobadas por decreto 325/974 de 26 de abril de 1974.
Atento: a lo preceptuado por el Convenio sobre Aviación Civil
Internacional citado y a lo informado por la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, el Comando General de la
Fuerza Aérea y la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional,
El Presidente de la República
DECRETA:
Declárase aplicable, a partir del 14 de noviembre de 1991, la Enmienda
33 de las Normas y Métodos Recomendados Internacionales -Servicio Tránsito
Aéreo- Anexo 11 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.(*)
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.