Reglamentario/a de: Ley Nº 18.046 de 24/10/2006 artículo 43.
La Contaduría General de la Nación deberá proceder a la eliminación de los créditos de función pública que se regularizan por este decreto, así como de las vacantes existentes en las estructuras de funciones contratadas de cada unidad ejecutora.