APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BPS. EJERCICIO 2013




Promulgación: 28/12/2012
Publicación: 11/01/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 2101
Referencias a toda la norma

Artículo 13

 Autorizase al Banco de Previsión Social a abonar al personal de la Unidad
Salud que desarrolle sus tareas en régimen de trabajo rotativo (Art. 11),
cuando el turno se desarrolle en ocasión de feriados no laborables, una
compensación equivalente a un día de labor o a las horas que realicen los
días mencionados.
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