Fíjase a partir de la vigencia del presente Decreto un valor único de $ 8.743 (pesos uruguayos ocho mil setecientos cuarenta y tres) para los copagos que las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva (IAMC) percibirán por cada tratamiento de Inseminación Artificial, independientemente del número de intentos que la pareja deba realizar, de acuerdo al Decreto N° 187/020, de 30 de junio de 2020.