Capítulo V - Procedimiento de Acreditación de Prestadores de Servicios
de Certificación
Artículo 18
Efectos de la acreditación. La acreditación del prestador de servicios de
certificación producirá los siguientes efectos:
a. Incorporación al Registro de Prestadores de Servicios de
Certificación Acreditados al que hace referencia el Capítulo VI de
este Decreto.
b. Habilitación para expedir certificados reconocidos, o prestar otros
servicios de certificación dentro del marco de la Infraestructura
Nacional de Certificación Electrónica.