REGLAMENTACION DE LA LEY 18.600 SOBRE DOCUMENTO ELECTRONICO Y FIRMA ELECTRONICA. ADMISIBILIDAD, VALIDEZ Y EFICACIA




Promulgación: 08/12/2011
Publicación: 19/12/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1444
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.600 de 21/09/2009.
Referencias a toda la norma

Capítulo VII - Control y Supervisión de los Prestadores de Servicios de
Certificación Acreditados

Artículo 29

 Deber de colaboración. Los prestadores de servicios de certificación, en
proceso de acreditación o acreditados, tienen la obligación de facilitar a
la UCE toda la información y elementos necesarios para el ejercicio de sus
funciones, así como la de permitir al personal inspector el acceso a sus
instalaciones y la consulta de toda documentación relevante.

                  
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