Reglamentario/a de: Ley Nº 16.811 de 21/02/1997.
CAPITULO VI - DE LAS IMPORTACIONES DE SEMILLAS
Los interesados en importar semillas o muestras de semillas deberán presentar la solicitud de importación pertinente ante el INASE, ateniéndose a los requerimientos de información que el Instituto determine.