OBLIGACION DE INCORPORAR EL USO DE BANDAS REFLECTIVAS AL TRANSPORTE NACIONAL POR CARRETERA DE CARGA Y PASAJEROS




Promulgación: 29/12/2022
Publicación: 16/01/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   Las dimensiones mínimas de las bandas serán las siguientes:
   a) Largo = 300mm ± 5mm (150mm ± 2.50mm rojo y 150mm ± 2.50mm blanco).
   b) Altura = 50mm ± 2.5mm ó 100mm ± 5mm.
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