A los efectos del aporte correspondiente y teniendo en cuenta que existen
operaciones realizadas y otras en curso, se establece que todas las
operaciones de compra de sorgo, maíz, soja y girasol realizadas después
del 25 de abril pasado, tendrán que efectuar el aporte correspondiente del
2 1/2% (dos y medio por ciento), según el monto de las compras que puedan
haber efectuado desde esa fecha, la que se tomará en la presente
oportunidad, como fecha base para efectuar los aportes respectivos.