El régimen de beneficios sociales se regirá de acuerdo a las siguientes normas:
- Asignación Familiar, Prima por Matrimonio y Prima por Nacimiento,
según el Decreto N° 531/984, de 29 de noviembre de 1984, y normas
modificativas.
- Prima por Hogar Constituido según la Ley N° 15.903, de 10 de
noviembre de 1987, artículo 24 y Ley N° 16.002, de 25 de noviembre
de 1988, artículo 12 y normas modificativas.
- Compensación de Asistencia Médica para funcionarios presupuestados,
contratados y personal suplente en actividad y para ex funcionarios
presupuestados y contratados, según lo establece la Reglamentación
de Beneficios Sociales acordada por Convenio Colectivo entre la
Banca Oficial y el Poder Ejecutivo, y Decreto N° 176/008, de 25 de
marzo de 2008, y modificativos.
Los importes a valor enero 2021 son los siguientes: