La Dirección Nacional de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social estará facultado a solicitar a las instituciones toda la información necesaria, a los efectos de dar cumplimiento a los objetivos previstos en la ley 16.095.
(*)Notas:
Ver: Ley Nº 18.651 de 19/02/2010 artículo 94.