DECLARACION DE INTERES NACIONAL. ACTIVIDADES DOCENTES Y ESPECIALISTAS NO RESIDENTES. FUNDACION INSTITUT PASTEUR DE MONTEVIDEO. FUNDACION AMSUD -PASTEUR
VISTO: el Decreto Nº 494/007, de 17 de diciembre de 2007.
RESULTANDO: I) que la mencionada norma declara promovidas al amparo de lo
dispuesto por el inciso segundo del artículo 11 de la Ley Nº 16.906, de 7
de enero de 1998, las actividades a desarrollar por docentes y
especialistas no residentes destinadas a dictar cursos, conferencias o
seminarios de su especialidad, en instituciones públicas, excluidos los
Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio comercial e
industrial, y en universidades privadas debidamente habilitadas por el
Estado.
II) que asimismo exonera a los referidos docentes y especialistas no
residentes, de los Impuestos a las Rentas de los No Residentes y al Valor
Agregado correspondientes a dichas actividades.
CONSIDERANDO: conveniente hacer extensiva la citada declaratoria así como
las referidas exoneraciones, a las actividades de capacitación y de
investigación a desarrollar por docentes y especialistas no residentes,
tanto en la Fundación Institut Pasteur de Montevideo como en la Fundación
AMSUD-Pasteur.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Decláranse comprendidas en lo dispuesto por el Decreto Nº 494/007, de 17
de diciembre de 2007, las actividades a desarrollar por docentes y
especialistas no residentes, destinadas a dictar cursos, conferencias o
seminarios y a realizar tareas de investigación, siempre dentro de su
especialidad, en la Fundación Institut Pasteur de Montevideo y en la
Fundación AMSUD-Pasteur.