Visto: la gestión promovida por el Comando General de Fuerza Aérea a
efectos de reglamentar el Legado Personal del Personal Superior de la
Fuerza Aérea.
Considerando: la necesidad de implementar las normas que regularán la
confección y trámite de la referida documentación, acorde a lo preceptuado
en el artículo 86 de la ley 14.747, de fecha 28 de diciembre de 1977.
Atento: al informe favorable del Asesor Letrado del Ministerio de
Defensa Nacional
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la Reglamentación del Legajo Personal del Personal Superior
de la Fuerza Aérea, la que quedará redactada de la siguiente manera: (*)