El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo
adecuaciones de los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1
"Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras
Transferencias" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en
períodos no menores de tres meses ni mayores de cuatro y a realizar el
ajuste correspondiente de las respectivas partidas presupuestales dando
cuenta al Poder Ejecutivo y al Tribunal de Cuentas en cada oportunidad.
Para ello se tendrá en cuenta la variación del índice general de precios
al consumo confeccionado por el Instituto Nacional de Estadísticas y sus
disponibilidades financieras.