APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 2011




Promulgación: 19/12/2011
Publicación: 26/12/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1526
Referencias a toda la norma

Artículo 12

 La realización de tareas en horario extraordinario se remunerará con una
compensación equivalente al 0,73% en los días hábiles y del 0,98% en los
días inhábiles. Dicho porcentaje se aplicará sobre todas las partidas
fijas sujetas a aportes a la Seguridad Social. La realización de horas
extras estará condicionada por lo establecido en la cláusula 4. del
Convenio Salarial suscrito el 19 de diciembre de 2007.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 36 (vigencia).
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