APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 2011




Promulgación: 19/12/2011
Publicación: 26/12/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1526
Referencias a toda la norma

Artículo 21

 Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones presupuestales
de los grupo de gastos e inversiones se realizará ajustando los duodécimos
de cada grupo para el período que resta hasta el fin del ejercicio, de
forma de obtener al fin de este las partidas presupuestales a precios
promedio corriente del año.
Dichos ajustes se realizarán en función de los aumentos salariales
dispuestos y las variaciones estimadas del Índice General de Precio del
Consumo y del tipo de cambio promedio para dicho período, que la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los Entes Comerciales,
Industriales y Financieros del Estado, en un plazo no mayor de 15 días, a
partir de la vigencia del aumento salarial.
Los Directores a su vez, en un plazo no mayor de 30 días deberán elevar la
adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de
proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las
partidas adecuadas las que serán comunicadas por las Empresas al Tribunal
de Cuentas dentro de los 15 días subsiguientes para su conocimiento.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 36 (vigencia).
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