DETERMINACION DEL AGUINALDO PARA LA ACTIVIDAD PUBLICA. DICIEMBRE 1995




Promulgación: 12/12/1995
Publicación: 19/12/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 725
    Visto: el Decreto-Ley Nº 14.360 de 17 de abril de 1975 por el que se
determina la uniformidad del sueldo anual complementario.

Considerando: I) que por el artículo 2º de dicho Decreto Ley se faculta
al Poder Ejecutivo a abonar en dos veces este beneficio.

II) que se estima conveniente hacer uso de la facultad atribuida por la
norma legal citada.

  Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto en el Decreto-Ley Nº 14.360 de 17
de abril de 1975 y el artículo 4º del Decreto-Ley Nº 14.985 de 28 de
diciembre de 1979.

    El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros,

                                DECRETA:

Artículo 1

   Dispónese que los funcionarios públicos de los Incisos 02 al 28 del
Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones, percibirán dentro
del mes de diciembre, una suma equivalente a la doceava parte del total de
las retribuciones sujetas a montepío percibidas por cualquier concepto, en
el período comprendido entre el 1º de junio de 1995  y el 30 de noviembre
de 1995.

SANGUINETTI - DIDIER OPERTTI - ALVARO RAMOS - LUIS MOSCA - RAUL ITURRIA -
SAMUEL LICHTENSZTEJN - LUCIO CACERES - FEDERICO SLINGER - ANA LIA
PIÑEYRUA - ALFREDO SOLARI - ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI - BENITO STERN -
JUAN CHIRUCHI
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