Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Las asignaciones de los cargos y contratos de función pública aprobadas
en este Decreto, serán determinadas por la Contaduría General de la
Nación, en base a los antecedentes y a los aumentos posteriores a la
vigencia del mismo.
La aplicación de esta racionalización no podrá aparejar disminución o
devolución de las remuneraciones percibidas por los funcionarios de la
citada Unidad Ejecutora, ni otros aumentos o retroactividades que los
previstos en ella.