VISTO: la gestión del Comando General del Ejército por la cual
solicita la sustitución de los subnumerales 4.8.6.16.2.1 y 4.8.6.16.2.2
del numeral 4.8.6.16.2 del Reglamento de Uniformes del Ejército (R.G.
29-4).-
RESULTANDO: I) que el mencionado Reglamento se aprobó por el Decreto
686/991 de 17 de diciembre de 1991, en la redacción modificativa dada por
los Decretos 371/993 de 17 de agosto de 1993, 90/994 de 1ro. de marzo de
1994, 86/995 de 20 de febrero de 1995, 148/995 de 4 de abril de 1995,
33/996 de 6 de febrero de 1996, 331/996 de 27 de agosto de 1996, 516/996
de 30 de diciembre de 1996 y 362/997 de 7 de octubre de 1997.-
II) que el numeral 4.8.6.16.2 refiere al distintivo a otorgar a los
integrantes de las Fuerzas Armadas que participen en Misiones Operativas
en el Exterior.-
CONSIDERANDO: I) que el numeral vigente relativo al Distintivo
Metálico que nos ocupa no resulta claro.-
II) que la descripción y colores del Distintivo Bordado no condicen
con el tipo de Uniformes del Ejército, ni se corresponden con sus
similares de otros Ejércitos.-
III) que es necesario adecuar la normativa vigente a lo solicitado por
el Comando General del Ejército.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dictaminado por la
Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyense los subnumerales 4.8.6.16.2.1 y 4.8.6.16.2.2 del numeral
4.8.6.16.2 del Reglamento de Uniformes del Ejército (R.G. 29-4), aprobado
por el Decreto 686/991 de 17 de diciembre de 1991, en la redacción
modificativa dada por los Decretos 371/993 del 17 de agosto de 1993,
90/994 de 1ro. de marzo de 1994, 86/995 de 20 de febrero de 1995, 148/995
de 4 de abril de 1995, 33/996 de 6 de febrero de 1996, 331/996 de 27 de
agosto de 1996, 516/996 de 30 de diciembre de 1996 y 362/997 de 7 de
octubre de 1997, los cuales quedarán redactados de la siguiente
manera: (*)