El Banco de Previsión Social deberá elevar a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto al 31 de enero de 2003 la eliminación del 100%
de las vacantes generadas entre el 1º de junio y el 31 de diciembre de
2002. En caso de resultar necesario el mantenimiento de determinadas
vacantes por tratarse de cargos absolutamente imprescindibles se deberá
suprimir las partidas equivalentes. A todos los efectos, la eliminación
de las vacantes, (o créditos por contratados) comprenderá la retribución
total del cargo incluyendo compensaciones y beneficios sociales. De lo
actuado se dará cuenta al Tribunal de Cuentas de la República a los
efectos dispuestos por los artículos 211 y siguientes de la Constitución
de la República.