REGLAMENTACION DE LA LEY 15.716 RELATIVO A LA INTRODUCCION DE NUEVAS MODALIDADES A LOS JUEGOS QUE MONOPOLIZA Y SU FISCALIZACION POR LA DIRECCION
DE LOTERIAS Y QUINIELAS
Toda vez que el monto de los aciertos supere el monto de lo recepcionado
en el sorteo respectivo, se autorizará a las Bancas de Cubierta Colectiva
de Quinielas, a abonar hasta ocho veces el total de lo recaudado en ese
sorteo, monto que podrá ser regulado y aún eliminado por la Dirección de
Loterías y Quinielas, dando cuenta al Ministerio de Economía y Finanzas.