CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 38 CEMENTO CERAMICA ROJA REFRACTARIA Y BLANCA. SUBGRUPO CERAMICA ROJA ALFARERIA Y GRES




Promulgación: 28/01/1986
Publicación: 07/03/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Otórgase un préstamo de N$ 1.500,00 para los trabajadores de la rama, que será efectivizado conjuntamente con el pago del medio aguinaldo, generado en este ejercicio y será reintegrado en cuatro(4) quincenas a partir del 20 de enero de 1986. A los trabajadores que gocen de la licencia antes del 31 de diciembre de 1985, el préstamo referido, podrá
ser diferido hasta el 31 de enero de 1986.
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