MEDIO AMBIENTE - ECOLOGIA




Promulgación: 31/01/1990
Publicación: 16/04/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 149

Artículo 10

    Las infracciones a las disposiciones del presente decreto y demás
normas aplicables, serán sancionadas a través de la Dirección General de
Servicios de Contralor Agropecuario del Ministerio de  Ganadería,
Agricultura y Pesca.
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