MEDIO AMBIENTE - ECOLOGIA




Promulgación: 31/01/1990
Publicación: 16/04/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 149

Artículo 3

    El uso público directo del área del Parque Nacional Aarón de
Anchorena, se ejercerá -exclusivamente- a través de las siguientes
actividades:

a) Utilización como "museo al aire libre" para escuelas, colegios, liceos,
   facultades y grupos organizados, y
b) Realización de actividades de interpretación de la naturaleza por medio
   de servicios atendidos, tales como caminatas guiadas, charlas al aire
   libre, exhibiciones y otras de similar contenido.

    La Casa Militar de la Presidencia de la República confeccionará el
correspondiente cronograma de visitas, en base a solicitudes que envíen
los interesados, dándose prioridad a los grupos escolares.
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