COMERCIO EXTERIOR. EXPORTACION. HILADOS DE LANA




Promulgación: 12/11/1964
Publicación: 25/11/1964

Resumen:

Exímese de la obligatoriedad de negociar en el Banco de la República Oriental del Uruguay, las divisas provenientes de las exportaciones de hilados de lana peinada, que se realicen a partir de la fecha que se
indica.


		
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