(Escala de Sueldos y Horario) El horario normal de trabajo de los funcionarios presupuestados y contratados de la Administración será de treinta (30) horas semanales de labor y los sueldos básicos correspondientes a esos horarios, expresados a precios de enero de 2021 y considerados los topes legales de retribuciones máximas para servicios personales (artículo 16 de la Ley 18.996, de 7 de noviembre de 2012) para los integrantes del Directorio); serán los siguientes:
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 450/021 de
29/12/2021.