Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 31 de diciembre de 1987 y el decreto de fecha 29 de junio de 1988.
Resultando: I) Por la citada resolución de fecha 31 de diciembre de 1987 el Poder Ejecutivo autorizó al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a enajenar al contado a la firma INCUR S.A., los inmuebles de propiedad del Estado, que en la misma se detallan;
II) Por decreto de fecha 29 de junio de 1988 el Poder Ejecutivo facultó al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a otorgar a la firma INCUR S.A., habilitación precaria, revocable y temporaria para la producción con destino a la exportación en las condiciones que en el mismo decreto se establecen;
III) Según información proporcionada por el Ministerio de Economía y Finanzas, la razón social de la firma en cuestión es Industrializadora de Carnes Uruguayas Sociedad Anónima de acuerdo con los estatutos de la firma inscriptos en el Registro Público y General de Comercio el día 11 de noviembre de 1983, con el Nº 911 al Fo. 4.538 del Libro Nº 1 de Estatutos.
Considerando: de acuerdo con lo expuesto procede, en el caso, dictar un decreto aclaratorio referente a la identificación de la firma en ambos actos administrativos.
Atento: a lo precedentemente expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Declárase que todas las referencias hechas a la firma INCUR S.A., en la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 31 de diciembre de 1987 y en el decreto de fecha 29 de junio de 1988, deben considerarse extendidas a nombre de Industrializadora de Carnes Uruguayas Sociedad Anónima.