El monto máximo de la compensación referida en el artículo 1º del
presente decreto será de $ 25.000,oo (pesos uruguayos veinticinco mil)
para quienes cumplan con la coordinación de área, $ 20.000,oo (pesos
uruguayos veinte mil) para quienes asuman la coordinación de equipos de
proyecto y de $ 11.500,oo (pesos uruguayos once mil quinientos) para el
resto de los integrantes del equipo. El monto a asignar a cada funcionario
o contratado variará en función a la dedicación adicional y a la
responsabilidad que asume en el Proyecto.
Esta compensación regirá hasta el 31 de diciembre de 2009 y será otorgada
en función de las evaluaciones de desempeño que realicen el superior
jerárquico correspondiente y el Coordinador del Proyecto y serán abonadas
en forma mensual por el período que se determine en cada caso.