VITIVINICULTURA - MULTAS - VINOS




Promulgación: 20/10/1993
Publicación: 29/10/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

    El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en
dos (2) diarios de la Capital.
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