(Retribución a los Directores) La retribución del Presidente de los Directorios de los organismos comprendidos en el artículo 221 de la Constitución de la República, será según lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 17.598 en su redacción vigente, sin perjuicio de los cambios legales que puedan darse. La partida se imputará al objeto 011.001.
Los valores a enero 2022 son los siguientes:
Presidente del Directorio $ 201.296
Integrantes del Directorio $ 165.135
A los montos expresados sólo podrán agregarse prima por antigüedad, hogar constituido y asignación familiar de corresponder o modificaciones que realice el Poder Ejecutivo.