FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO Nº 24 FRUTAS Y VERDURAS SECTOR MERCADO




Promulgación: 21/08/1987
Publicación: 07/09/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Queda expresamente establecido que el sexo no es causa de ninguna 
diferencia en las remuneraciones por lo que las categorías se refieren indistintamente para hombres y mujeres.
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