MODIFICACIONES AL ARANCEL EXTERNO COMUN




Promulgación: 01/12/1997
Publicación: 03/12/1997
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1604
VISTO: el Decreto Nº 511/996, de 31 de diciembre de 1996, que aprobó la
Nomenclatura Común del Mercosur, con su correspondiente Arancel Externo
Común y tasas globales arancelarias aplicables al comercio intrazona y
extrazona.-
RESULTANDO: que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad
delegada por el Consejo Mercado Común para modificar el Arancel Externo
Común, dictó la Resolución Nº 40/97.-
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, recoger la modificación
resultante de la referida Resolución Nº 40/97 del Grupo Mercado Común, en
cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2º de la Ley Nº
12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4º del Decreto-Ley Nº 14.629, de 5 de
enero de 1977.-
                 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                      DECRETA:

Artículo 1

Modifícase el Arancel Externo Común aprobado por el artículo 1º del
Decreto Nº 511/996, de 31 de diciembre de 1996, del siguiente producto:
MCM                                                              AEC
2913.00.10  Tricloroacetaldehído                                  2%

Artículo 2

Dese cuenta a la Asamblea General.-

Artículo 3

  El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 1º de diciembre de
1997.-

Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.-

SANGUINETTI - JUAN A. MOREIRA - CARLOS GASPARRI - ALVARO RAMOS - PEDRO
ANTMANN
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