La contratación de personal de confianza o el pago de compensaciones en su caso, en tareas de secretaría, asesoría, etc. se regirá por lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley N° 17.556 y la Nota N.° 015/C/03, de fecha 24 de marzo de 2003, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.