APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION. EJERCICIO 2022




Promulgación: 29/12/2021
Publicación: 31/12/2021
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 39

   En las asignaciones de Activos y Aplicaciones Financieras y de Intereses y Otros Gastos de Deuda (GRUPOS 4, 6, y 8), del Programa 202 - Desarrollo de Colonias - se han efectuado las siguientes previsiones:
   a) Concesión de distintos préstamos a colonos a efectos de dar
      cumplimiento al Capítulo XVII de la Ley N° 11.029, de 12 de enero de
      1948, entre otros.
      Se incluyen Las siguientes líneas de crédito para obras de
      infraestructura en las fracciones (casas, pozos, electrificación,
      caminería, etc.) incluidas en el Programa de Desarrollo de Colonias:
      Construcción viviendas y pozos agua por U$S 200.000.
      Asistencia Técnica por U$S 55.000.
      Salas de ordeñe por U$S 180.000.
      Semovientes por U$S 65.000.
   b) Gastos financieros por los siguientes conceptos:
      b.1) Intereses y otros ajustes monetarios por revaluaciones de
      devolución de depósitos de garantías, o partidas a favor de colonos
      por rescisiones de compromisos de compraventa, etc.
      b.2) Intereses sobre cuotas amortización préstamo vigente Banco de 
      la República Oriental del Uruguay por U$S 7.347 (dólares 
      estadounidenses siete mil trescientos cuarenta y siete).
      Amortización cuotas semestrales sobre utilización parcial de 
      Convenio préstamo otorgado por el Banco de la República Oriental del  
      Uruguay de hasta U$S 20.000.000 línea para Capital de Trabajo -corto 
      plazo-, y de hasta U$S 15.000.000 línea Proyectos Agro -largo 
      plazo-, con sus correspondientes intereses semestrales.
      b.3) Saldos compromisos compraventa de campos adquiridos en el año
      anterior por U$S 1.264.414. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 297/022 de 15/09/2022 artículo 9.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 456/021 de 29/12/2021 artículo 39.
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