Explotaciones Agropecuarias.- Se entiende por explotaciones agropecuarias
las destinadas a obtener productos primarios, vegetales o animales, tales
como:
a) Cría o engorde de ganado;
b) Producción de lanas, cerdas, cueros y leche;
c) Producción agrícola, frutícola y hortícola;
d) Floricultura, avicultura y apicultura.
En consecuencia, son explotaciones agropecuarias sólo las de producción
directa, quedando excluidas todas las transformaciones o manipulaciones
que se realizaren con los productos mencionados como ser: secado, pulido,
descascarados, fermentado, limpiado, triturado, laminado, picado,
desfibrado, envasado, cocido, deshidratado, lavado, curtido, pickelado,
esterilizado, cardado, enfriado, pasterizado, torrado, conservado y
cualquier operación similar que supongan un proceso industrial.