Visto: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Banco Central del Uruguay correspondiente al ejercicio
1993;
Considerando: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
Atento: A lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República;
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco Central del Uruguay, a regir desde el primero de
enero de 1993, de acuerdo con el siguiente detalle:
$ $
I INGRESOS 436.355.295
1. Intereses 315.895.448
2. Utilidades de Cambio 107.300.712
3. Comisiones 6.005.791
4. Otros Ingresos 7.103.344
II PRESUPUESTO OPERATIVO 100.680.068
RUBRO DENOMINACION $ $
0 RETRIBUCION SERV.
PERSONALES 29.899.032
011311 Sueldos básicos carg.
presup. 15.442.272
Directores 113.976
011312 Increm. Mayor Horario
Perman. 2:850.276
011313 Dedicación Total 3:005.568
011315 Diferencia por Subrogación 88.524
011316 Prima por Antigüedad 621.252
019311 Sueldo Anual Complementario 2:202.972
021321 Sueldos Básicos pers. contrat. 898.992
021322 Increm. Mayor Horario Permanen. 153.456
021323 Dedicación Total 161.820
021326 Prima por Antigüedad 12.984
029321 Sueldo Anual Complementario 122.208
061301 Por trabajo en horas extras 531.372
061303 Por prima a la eficiencia 574.344
061304 Por funciones dist. al cargo 30.312
061310 Prima por especialización 643.104
061312 Adel. a cuenta (Compens.reestr.)847.272
062312 Productividad - Ley 16.127 523.668
069361 Sueldo anual complementario 337.776
077 Quebranto de Caja 495.072
079 Subsidio Ex Directores 153.096
091 Retribuciones Civiles 65.292
1 CARGAS LEGALES S/SERV. PERSON. 8:306.616
111 Aporte patron. sist.seg. social 7:718.544
123 Aporte patronal al F.N.V. 294.036
133 Impuesto s/retrib.person. 294.036
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 8:918.241
3 SERVICIOS NO PERSONALES 28:295.214
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 24:144.561
70 Donaciones Varias 17.339
751 Prima por Matrimonio 6.972
752 Hogar Constituido 410.016
753 Prima por Nacimiento 13.956
754 Prestación por Hijo 198.096
C.E.A.N.F. 120
774 Contribución por Asist. Médica 3.910.980
779 Otras 13.080.000
791 Imp. a la venta de M/E (IVEME) 6.507.082
9 ASIGNACIONES GLOBALES 1.116.404
III - OPERACIONES FINANCIERAS 741.862.722
RUBRO DENOMINACION $
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS 741.862.722
IV PRESUPUESTO DE INVERSIONES 8.775.405
RUBRO DENOMINACION $
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBIL. NUEVOS 7.468.680
5 TIERRAS, EDIFICIOS Y OTROS ACT. PREEX. 532.825
6 CONSTRUCCIONES, MEJORAS Y REPAR. EXTR. 773.900
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera, se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte de este Decreto.
Los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, se expresan al nivel salarial vigente a
partir del primero de enero de 1992.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización de $ 2,725 (dos pesos con setecientos
veinticinco milésimos) por dólar americano.
Las restantes partidas en moneda nacional están expresadas a precios
promedio del período enero-abril de 1992.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 457/993 de
25/10/1993.