INCENTIVO AL RETIRO DE FUNCIONARIOS. La política de incentivos para el
retiro voluntario de funcionarios, establecida con el fin de reducir el
número de puestos de trabajo a niveles compatibles con la reestructura
enunciada en los artículos siguientes, se aplicará a los funcionarios del
Banco Central que hayan cumplido o estén por cumplir los requisitos para
acceder al régimen jubilatorio y a aquellos que deseen renunciar al
Organismo. El incentivo se aplicará:
a) a los funcionarios con el derecho de ampararse a la jubilación al
31.12.92 o a quienes les falte como máximo tres años para ello, a
contar de dicha fecha, otorgándoseles un equivalente a veinte sueldos;
b) a los demás funcionarios que opten por este beneficio, se les
concederá un equivalente a treinta sueldos.
En todos los casos la opción para acogerse a este régimen deberá
efectuarse dentro de 240 días a contar de la fecha de la reglamentación
que dicte el Directorio. (*)