Facúltase al Banco de Previsión Social a la implementación del programa
de Calidad de la Seguridad Social en el marco de la modernización de la
gestión y de la adecuación a las normas legales vigentes (Presupuesto de
Inversiones, Proyecto 4.24). Dentro de este programa el Directorio podrá
disponer el pago de compensaciones, a los funcionarios, las que estarán
sujetas a evaluación de resultados y a la existencia de crédito disponible
en las partidas autorizadas. De todo lo actuado en aplicación de esta
norma se deberá dar cuenta a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al
Tribunal de Cuentas.