Decreto N° 457/997
APROBACION DE PARTIDAS PRESUPUESTALES PARA EL BANCO DE PREVISION SOCIAL
Promulgación: 03/12/1997
Publicación: 15/12/1997
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 2
- Semestre: 2
- Año: 1997
- Página: 1609
Artículo 54
Se establece que los artículos 6º, 11º y 39º regirán a partir del 1º de
abril de 1997.-
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