VISTO: la solicitud de incluir al bien denominado "red de polietileno
antifuga y antipájaros para la cría de caracoles" en la nómina de insumos
agropecuarios exonerados del Impuesto al Valor Agregado, establecida en
el artículo 39º del Decreto Nº 220/998, de 12 de octubre de 1998.-
RESULTANDO: que los servicios técnicos de la Dirección General Impositiva
entienden que se trata de un bien de uso especifico en la cría de
caracoles.-
CONSIDERANDO: conveniente incluir los bienes mencionados en la nómina
referida en el Visto.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el literal I) del numeral 1)
del artículo 19º del Título 10 del Texto Ordenado 1996.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 220/998 de 12/08/1998
artículo 39 numeral 44).