El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 49
La habilitación, adjudicación, utilización y procedimiento de rendición de cuentas de tarjetas corporativas se regulará por lo establecido en el reglamento y procedimiento aprobado por R/D 834/18, de conformidad con la Ordenanza N° 90 del Tribunal de Cuentas de la República.
Los gastos que se efectúen con tarjetas corporativas se imputarán a los fondos en moneda nacional y extranjera creados a tales efectos, con un tope anual de $ 396.000 y US$ 10.000.