FIJACION DE LOS MONTOS DIARIOS A ABONAR AL PERSONAL MILITAR AFECTADO A TAREAS DE VIGILANCIA




Promulgación: 29/01/2021
Publicación: 08/02/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   La partida será percibida por el personal desde el grado de Soldado lª/Marinero 1ª hasta el de Capitán/Teniente de Navío, salvo en los casos de los Pilotos y Capitanes de embarcaciones que podrá alcanzar el grado de Mayor/Capitán de Corbeta.
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