REGLAMENTACION DE LA ACTIVIDAD DESARROLLADA POR ENTIDADES PRIVADAS QUE PROPORCIONAN EQUIPOS, APARATOS Y RECURSOS HUMANOS PARA PROCEDIMIENTOS TERAPEUTICOS POR INHALACION




Promulgación: 06/12/1983
Publicación: 19/12/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 1144

CAPITULO VI - DE LOS DEBERES DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 11

   Periódicamente y previo a la presentación de las respectivas planillas
de trabajo ante la Inspección General del Trabajo del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social éstos deberán ser aprobados por la Dirección
Coordinación y Control del Ministerio de Salud Pública.
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