REGLAMENTACION DE LA ACTIVIDAD DESARROLLADA POR ENTIDADES PRIVADAS QUE PROPORCIONAN EQUIPOS, APARATOS Y RECURSOS HUMANOS PARA PROCEDIMIENTOS TERAPEUTICOS POR INHALACION
Las entidades y establecimientos asistenciales privados que realicen
procedimientos por inhaloterapia, tendrán un plazo de 360 días a partir de
la publicación del presente decreto a efectos del cumplimiento del mismo.