FIJACION DE TASA DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES




Promulgación: 05/10/2009
Publicación: 15/10/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1096
VISTO: el Decreto Nº 230/007, de 29 de junio de 2007.

RESULTANDO: I) que el referido Decreto adecuó el régimen de devolución de
tributos a la carga impositiva que regirá a partir de la entrada en
vigencia de la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006.

II) que el mencionado Decreto omitió la inclusión del ítem arancelario
3926.90.90.99.

CONSIDERANDO: que corresponde subsanar dicha omisión con carácter
retroactivo al 1º de octubre de 2007, fecha de entrada en vigencia del
citado Decreto Nº 230/007.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por la Ley Nº 16.492, de 2 de
junio de 1994.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase una tasa de devolución de tributos del 2% (dos por ciento) para
las exportaciones realizadas por el ítem arancelario 3926.90.90.99.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

TABARE VAZQUEZ - ANDRES MASOLLER - RAUL SENDIC - ERNESTO AGAZZI
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