VISTO: el Decreto Nº 527/001, de 31 de diciembre de 2001, que incorporó
al ordenamiento jurídico nacional la Nomenclatura Común del Mercosur y su
correspondiente Arancel Externo Común.-
RESULTANDO: que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad
delegada por el Consejo Mercado Común, dictó las Resoluciones Nº 5/04,
11/04, 14/04, 18/04, 19/04, 20/04, 29/04, 30/04 y 31/04.-
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, recoger las
modificaciones resultantes de las referidas Resoluciones del Grupo
Mercado Común, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en
la materia.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2º de la Ley Nº
12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4º del Decreto-Ley Nº 14.629, de 5
de enero de 1977.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente
Arancel Externo Común vigentes, de conformidad con los tres anexos que
forman parte del presente Decreto.-
(*)Notas:
Ver:Texto/imagen (anexos).
Ver en esta norma, artículo:2.