FONDOS PUBLICOS EXTRAPRESUPUESTALES. EMPRESAS PUBLICAS




Promulgación: 05/02/1992
Publicación: 16/03/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1992
  •    Página: 89

Artículo 3

     Los gastos que genere la aplicación de los distintos procedimientos
señalados por la ley 16.211, serán solventados con cargo a los recursos
obtenidos, quedando absolutamente excluido el pago de sueldos,
retribuciones personales de especie alguna.
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