CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 1 COMERCIO. SUBGRUPO N° 34 DISTRIBUIDORES DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y BEBIDAS. SECTOR CONCESIONARIOS DE PRODUCTOS SALUS CON DISTRIBUCION EN EL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO




Promulgación: 31/07/1986
Publicación: 24/09/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y el 30 de setiembre de 1986, ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de mercaderías, bienes o servicios de las empresas que integran el Grupo Salarial.
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