NOMINA DE FUNCIONARIOS QUE NO OPTARON POR ABANDONAR DEFINITIVAMENTE LA FUNCION PUBLICA




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 16/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1402
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 7.

Artículo 3

 La Oficina Nacional del Servicio Civil asignará los cupos por Inciso, en
forma proporcional al número de necesidades comunicadas, haciéndolo saber
a los Jerarcas respectivos.
El Jerarca del Inciso comunicará a la Oficina Nacional del Servicio Civil
la utilización total o parcial de los cupos asignados, debiendo la misma,
en esta segunda hipótesis, reasignar los no utilizados. Para ello la
Oficina Nacional del Servicio Civil procederá de acuerdo a los criterios
indicados en este decreto.
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